VISADO (estudiantes no pertenecientes a la UE)
¿QUÉ?
Los ciudadanos que no pertenecen a la UE y que planean estudiar en España por un período de más de seis meses deben solicitar un visado de estudios de entrada múltiple (tipo D). Este tipo de visado (Visado de Estudios) es válido para entrar en el área de Schengen de la Unión Europea por tres meses a partir de la fecha de emisión. Por favor solicita un visado de estudiante y no uno de turista/de Schengen, porque cualquier otro tipo de visado no te dará derecho al proceso subsecuente de tu tarjeta de la residencia de estudiante para los extranjeros (TIE - Tarjeta de Identidad Extranjera) y tendrás que salir de España después de tres meses.
Los estudiantes de intercambio procedentes de fuera de la UE necesitan un visado de estudiante de corto plazo. Éste tiene una duración de 180 días como máximo, y no puede ser extendido.
CONSEJOS:
Debes solicitar tu visado de estudiante entre 3 meses y 1 mes antes de tu llegada a España. Si es posible, te recomendamos que cojas cita tan pronto como puedas en tu Consulado / Embajada / Oficina de BLS para una fecha dentro de este intervalo, dado que a veces es difícil conseguir cita (Por ejemplo: intenta conseguir una cita en marzo para entregar tu solicitud de visado en julio).
Para solicitar tu visado deberás entregar ciertos documentos legalizados o apostillados, como el certificado de antecedentes penales. Para evitar retrasos, te rogamos que empieces con este proceso tan pronto como puedas después de aceptar tu plaza en IBEI.
ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO DE FUERA DE LA UE
Los estudiantes de intercambio no pertenecientes a la Unión Europea que vayan a pasar un semestre en España necesitarán un visado de estudios de corta duración. Éste tiene una duración de 180 días como máximo, y no puede ser extendido. Para este tipo de visado no necesitarás un certificado de antecedentes penales. Por favor, revisa los requisitos para obtener este visado en la página web de tu Consulado, Embajada, u oficina de BLS correspondiente.
¿DÓNDE?
Hay que solicitar un visado a través de la embajada o consulado español más cercano de tu país de residencia antes de venir a España. Un visado nunca puede ser cambiado una vez que estés en España. El único visado válido es el que haya sido obtenido en una embajada o consulado español. Encontrarás una lista completa de todas las embajadas y oficinas consulares, así como más información sobre los requisitos específicos para la solicitud de visado de cada país en el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España en www.exteriores.gob.es
¿CÓMO?
Deberías comunicarte con la respectiva embajada o consulado español en tu país de origen o país de residencia para solicitar tu visado de estudiante con suficiente antelación a tu llegada a Barcelona. Ten en cuenta que los consulados y las embajadas pueden estar muy ocupados en los meses de verano y, por lo tanto, es posible que no puedas obtener una cita inmediata. Es posible que debas tramitar tu solicitud a través de BLS, un centro autorizado de visados en tu país. La sección “servicios consulares” de tu Consulado o Embajada te indicará la información pertinente en cuanto a cómo y dónde presentar tu solicitud, ya sea a través de BLS o directamente en el consulado.
Los documentos requeridos generalmente incluyen:
- El formulario de la solicitud de visado
- Pasaporte (asegúrate de que será válido para toda tu estancia en Barcelona)
- Carta de aceptación formal del IBEI (enviada por la Oficina de Admisiones una vez que hayas realizado el pago del depósito)
- Certificado de antecedentes penales que cubre los últimos cinco años de tu país de origen y cualquier otro país de residencia.
- Comprobante de medios financieros
- Comprobante de seguro de salud
- Fotos tamaño pasaporte
Ten en cuenta que todos los documentos oficiales deben ser traducidos al español por un traductor jurado y debidamente legalizados. Puedes encontrar una lista de traductores reconocidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España en el siguiente enlace.